Cinco señales infalibles de que nos están vendiendo una ecoimpostura

05/04/2024

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Categorías: Conceptos de sostenibilidad-Etiquetas: -

Fechas lejanas y compensaciones

“En 2030 recortaremos a la mitad nuestras emisiones de gases de efecto invernadero y en 2050 alcanzaremos cero emisiones netas”.

Esta afirmación publicitaria la vemos todos los días, por boca de empresas fabricantes de múltiples productos. Pues tiene dos fallos importantes, según la nueva normativa de la UE conocida como “antigreenwashing”. Esta norma está en vigor desde hace un par de semanas y actualiza toda la legislación europea al respecto.

  • Es una afirmación relacionada con el comportamiento futuro de la firma anunciante, que anuncia un objetivo para cierta fecha. No se trata de una acción real, actual y fehaciente, y crea una impresión errónea en las personas consumidoras.
  • Afirmaciones como “climáticamente neutro”, “neutralidad de carbono certificada”, “cero emisiones netas”, “impacto climático reducido”, etc., dice la nueva norma de la UE, “solo deben permitirse cuando se basen en el impacto real del ciclo de vida del producto en cuestión, y no en la compensación de las emisiones de gases de efecto invernadero”.

Es decir, si el procedimiento de fabricación de una tostadora reduce realmente a la mitad la emisión de CO2 comparado con el procedimiento estándar, esto podría decirse. Pero no se puede alardear de que se han plantado tantos árboles para “compensar” las emisiones de fabricación de la tostadora.

Los respetuosos

Estas afirmaciones las vemos todos los días en todas partes, desde en un paquete de cereales de desayuno a un horno de microondas. La nueva norma de la UE establece con claridad que sentencias publicitarias como “respetuoso con el medio ambiente”, “bueno para la naturaleza”, “ecológico”, “inocuo para el medioambiente”, “respetuoso con el clima”, y muchas más de este estilo, son inadmisibles.

¿Qué sería admisible? Pues muy sencillo, cualquier afirmación concreta que se pueda comprobar, por ejemplo “el 100 % de la energía utilizada para producir estos envases procede de fuentes renovables”.

Etiquetas autoadjudicadas

Hay cerca de 500 ecoetiquetas rulando por ahí, concedidas por diversas entidades en base a diversos criterios. Aquí explica la nueva norma “antigreenwashing” lo siguiente: “debe prohibirse la exhibición de distintivos de sostenibilidad que no se basen en un sistema de certificación o que no hayan sido establecidos por las autoridades públicas”. Es decir, no vale que el club del firulillo eco adjudique distintivos al artilugio verde según su santo criterio. Tiene que haber detrás un sistema general y riguroso de certificación, establecido por una autoridad pública.

Presumir de lo que viene por defecto

Un clásico del greenwashing. La norma de la UE pone como ejemplos “afirmar que una determinada marca de agua embotellada no contiene gluten o que las hojas de papel no contienen plástico”.

Confundir el 0,01% con la totalidad

Muy frecuente en la industria de la moda rápida, consiste en lanzar una “colección de moda sostenible respetuosa con el medio ambiente”, evitando informar que se refiere a una proporción minúscula de las muchas toneladas de ropa fabricadas y comercializadas por la firma en cuestión. O demostrar el firme compromiso con la sostenibilidad de la entidad en base a que se ha reducido el peso de las etiquetas de la ropa en un 1,2 % y ahora se fabrican en un 10 % con papel reciclado.

Aquí la norma de la UE se explica con claridad: “Otra práctica comercial engañosa, que debe prohibirse en cualquier circunstancia […] es la de hacer una afirmación medioambiental sobre la totalidad del producto o sobre toda la empresa del comerciante, cuando en realidad solo se refiera a un determinado aspecto del producto o a una actividad específica”.

 

La nueva norma de la UE pretende “hacer frente a las prácticas comerciales desleales que inducen a error a las personas consumidoras y les impiden tomar decisiones de consumo sostenibles”, como las que se pueden ver arriba y bastantes más, como las relacionadas con la obsolescencia programada, la actualización innecesaria de software en dispositivos electrónicos o las afirmaciones de “circularidad”.

Hay muchas empresas con un “comportamiento medioambiental excelente” (es un término legal) que no se pueden detectar, ocultas tras las espesas cortinas de humo del ecopostureo. Tal vez esta nueva norma pueda contribuir a despejar el panorama de consumo sostenible.

La Directiva sobre Empoderamiento de los consumidores para la transición ecológica mediante una mejor protección contra las prácticas desleales y mediante una mejor información también se puede consultar aquí.

 

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