Nueva normativa sobre empaquetado, ¿será también de usar y tirar?

27/05/2024

Tiempo de lectura: 6 minutos

El 24 de abril el Parlamento Europeo aprobó un nuevo texto para establecer nuevas regulaciones en los envases así como reducir la cantidad de residuos que estos generan. Según este texto, el 36% de los residuos urbanos son envases de plástico, papel y cartón.

El texto plantea un primer gran objetivo: reducir los residuos per cápita un 5% para 2030 e ir subiendo hasta conseguir un 15% para 2040. Si miramos la Memoria anual de generación y gestión de residuos municipales de 2021 vemos que se generaron 22.151.117 toneladas de residuos. Estaríamos hablando de reducir en casi 3,5 millones de toneladas para 2040.

Pero esta normativa se centra en los envases y, como casi siempre en estos nuevos avances hacia la sostenibilidad, nos alegramos de muchas cosas y nos preocupan otras. El camino se está haciendo, pero las inercias de un sistema que cree que vivimos en un planeta infinito y los lastres de una economía que pone el beneficio por delante del bienestar hace que se camine a un ritmo que dificulte llegar a los objetivos.

Empezando por lo positivo, esta normativa prohíbe ciertos plásticos de un solo uso como los que se ven en la Tabla 1. Para otro tipo de materiales, los Estados Miembros podrán imponer restricciones a partir del 2025 (aunque no es obligatorio).

Tabla 1. Lista de embalajes prohibidos para 2030

Por otro lado, los envases deberán contener información sobre su composición de manera accesible para todos los públicos. También deberán indicar si son compostables o no. Si son de un sistema de devolución y retorno, también deberán indicarlo (por desgracia, en España ese tipo de sistema de devolución dejó de ser común hace mucho). Por otro lado, las pegatinas también se consideran envases. Frente a las etiquetas que van impresas en el paquete, pegatinas como las que se ponen en la fruta, también se considerarán envases. Por lo tanto las pegatinas también entrarán en el cómputo del total de residuos.

Asimismo se deberán etiquetar y distinguir los envases que son reusables, es decir, que se pueden volver a usar para su misma función sin alterar sus propiedades ni poner en riesgo la salud (en contraposición a los de un solo uso). En los primeros se expondrá -a través de QR o similar- información sobre cómo reusar dicho paquete.

Y, en lo referente a su eliminación, esta normativa también plantea objetivos de porcentaje de envases que se deben reciclar (Tabla 2).

Tabla 2. Contenido mínimo de residuos reciclaje total y por material

Y, por último, nos complace ver que el texto reconoce lo perjudicial de las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS) en general y el Bisfenol A en particular. Eso sí, no será hasta dentro de unos años cuando podamos tener envases libres de estos tóxicos y, profundizando en lo que falta, no incluye otras sustancias como las Sustancias Extremadamente Preocupantes (SVHC por su nombre en inglés) u otras. Aun así, la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA por sus siglas en inglés) deberá evaluar los riesgos para la salud de dichas sustancias en el empaquetado.

Referente a otros objetivos, se han definido objetivos de reutilización de envases para el transporte dentro de la UE: un 40% para 2030 y un 70% para 2024. Esto está bien, pero se han quedado fuera las cajas de cartón, un material muy usado para el empaquetado. Además, como veremos más adelante, puede haber cajas de cartón y plástico que se consideren solo de cartón.

Otros objetivos que se han definido son los de la cantidad de material reciclado que deben llevar los envases y los paquetes: entre un 10 y 35% según el tipo de plástico y su uso para 2030 y entre un 25 y 65% para 2050. Pero hablan de objetivos totales de la planta productora y no por unidad de paquete o envase. Aunque apreciamos la obligación de aumentar la cantidad de material reciclado, al hablar del total deja abierta la posibilidad de que haya envases o paquetes que no alcancen esos objetivos o, directamente, no lleven nada de material reciclado. De esta manera es imposible alcanzar el objetivo ideal de que todo empaquetado sea de origen de materiales reciclados y no materias primas vírgenes.

Para el transporte de productos, la normativa limita el espacio vacío en los envasados en grupo a un 50% del espacio. Pero el texto habla del espacio “mínimo necesario” para garantizar la funcionalidad del producto. Esta terminología es muy vaga y deja indefinido cuál es ese “mínimo necesario”. Además están exentos muchos productos que están considerados envases protegidos. La definición de envases protegidos hace difícil que se aplique esta restricción pero, por encima de todo, queda la vaguedad.

También se queda a medias el tratamiento que hace esta normativa sobre las declaraciones ambientales. La mayoría quedan supeditadas a lo que diga la Directiva de Declaraciones ambientales pero las que sí están incluídas parecen tener menos requerimientos o exigencias.

Todo lo mencionado hasta ahora en este artículo son buenas noticias o, por lo menos, tienen su cara buena. En cambio, hay otras medidas que no compartimos o creemos que son un freno claro hacia un política de envases realmente sostenible. Por ejemplo, a la hora de definir envases compuestos (aquellos compuestos por diferentes materiales) el texto dice que no se considerarán como tal a aquellos en los que el segundo material (y siguientes), no superen un 5% del peso del total. Es decir, envases de papel que tienen un pequeño recubrimiento de plástico, no se considerarán compuestos y no están sujetos a obligaciones.

Otra laguna que encontramos es la cantidad de exenciones que hay en muchos de los artículos. Así, por ejemplo, pasa con las bebidas: al menos un 10% deben de venderse en envases reutilizables en un sistema de reutilización para el 2030 y un 40% a partir de 2040. Pero quedan exentas bebidas lácteas, vino y otros alcoholes fermentados o ciertos comercios según su tamaño o la densidad poblacional de su municipio. Vamos, que quedan exentas una gran cantidad de bebidas.
Tampoco se obliga a la creación de un sistema de devolución y retorno si hay una tasa de recolección de envases plásticos y de metal del 80% o mayor para el 2029. Aunque es un porcentaje elevado y un objetivo deseable, el sistema actual no garantiza que esos envases se reciclen correctamente y, aunque lo hicieran, se tiene que utilizar una energía para que recupere sus propiedades que no sería necesario en un sistema de retorno. Los sistemas de devolución y retorno son una gran medida de reducción de residuos y energía pero son solo una sugerencia en esta ley.

En conclusión, parece que se ha hecho un trabajo profundo para avanzar en materia de residuos de envases, especialmente en los de usar y tirar. Se ha hecho un trabajo en poner objetivos y estos tocan todos o casi todos los aspectos del empaquetamiento y envasado. Pero vemos que existen muchas excepciones. Estas medidas, junto a otras medidas en materia de reducción de residuos de otras normativas, ¿serán suficientes para reducir en España en casi 3,5 millones de toneladas la basura que generamos al año?

Darío Montes

Fotografía: the blowup en Unsplash

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